Si heredas un inmueble y en el impuesto sucesiones de aplicas la deducción por estar destinado a ser tu vivienda habitual, no la puedes vender (depende de cada comunidad autónoma pero generalmente en los siguientes 10 años). De venderla hacienda te reclamara reintegres la deducción que practicaste con los recargos establecidos en cada momento.


MARCO NORMATIVO:
Ninguno


PALABRAS CLAVE:
herencia; vivienda; deducción; sucesiones; impuesto; venta; obligación; devolución; recargo; sanción; beneficio; plazo; residencia; transmisión; titularidad;


modificar/añadir/corregir
SI AL MODIFICAR ES UNA REVISION DE NORMATIVA, NO OLVIDAR MODIFICAR FECHA DE PUBLICACION

 

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