Estado: En tramite Fecha última modificación: 31 de octubre de 2025 Expediente: APS_02
Fecha apertura: 22 de octubre de 2025 Fecha cierre:
¿Necesitas una explicación o quieres hacernos llegar tu sugerencia?
31/10/2025- PRESENTO ESCRITO DE SOLICITUD PARA LA MODIFICADION DE MEDIDAS. no lo presento en el registro general, subo (primera planta) al mismo mostrador que hable con Ana. echamos juntos un vistazo al documento y ella toma notas en el reverso de la ultima hoja. por último anota ahí mi teléfono y mi nombre como contacto para cualquier cuestión que necesiten cuando se pongan con ello. Las comunicaciones que emita el juzgado llegaran por correo postal a calle Aveiro 17.
lo que se solicita es: revisión de las medidas de apoyo y denominación y configuración jurídica al actual cargo de tutor. documentación completa presentada y con sello de entrada (original archivado)
En cuanto nos comuniquen cualquier actuación de personarse José, teniendo en cuenta el articulo 7bis d) de la Ley 15/2015, José puede elegir quien le acompaña desde el primer contacto con las autoridades. Hay que explicarle a José de tal manera que lo entienda, (por ejemplo: pq yo se lo explico mejor) que a la hora de que le pregunten pq decide que le acompañe yo en lugar de Alberto (aunque este allí también).
29/10/2025- 2ª VISITA AL JUZGADO. cómo no me han llamado, voy de nuevo. me reconoce a primera vista y me dice que lo tenía pendiente. vuelve con los documentos que se quedó, repasamos de que habíamos hablado y se va hablar con la secretaria, y después de varios viajes, lo que lo ya digo, lo que dice la secretaria, me dicen, que se le ha comunicado a Alberto que ya no es tutor y que habría que abrir un procedimiento nuevo. Insisto en la situación delicada de salud por la que ha atravesado Alberto en lo que va de año, y pueden entrevistarse con José Luis para comprobar la relación continua, día a día, que tiene con Alberto. El no solicitar la revisión de medidas es fruto de la inacción del abogado que lo llevo en su momento que no le ha dicho nada. Viaje+viaje, y me termina diciendo que haga la tramitación de cambio de medidas a expensas de la determinación de la jueza. la insisto en comprobar -pq con los cambios que constantemente dice que han hecho en el reparto de causas- que es este juzgado donde se tramito y conforme a la ley 5/2015 de la jurisdicción voluntaria es aquí donde lo tengo que presentar (articulo 42.bis c) .Ahí de nuevo, insisto en que consulte con la secretaría en que lo presenta el tutor actual sujeto al 62.3 donde no es necesario abogado ni procurador (ahí también se indica que siempre que el juez no determine lo contrario por la complejidad de la operación) sin tener en cuenta el precepto del articulo 94.4, de la misma ley. Me dan su visto bueno (con la matización q ya habían hecho que a expensas del juez) para que lo presente en el registro general como alberto (solo con su firma a efectos que siguiese siendo tutor por desconocimiento de la revocación). Ana me facilita su teléfono directo por si me surge alguna duda para que no tenga que desplazarme.
24/10/2025- VISITA AL JUZGADO. me atiende una auxiliar administrativa que lleva familia y discapacidad, Ana y al explicarle lo que necesito – al acudir a notaria para tramitar la herencia, al tener el testamento una cláusula en la que figura un hereditario como incapaz, el notario no puede continuar con la tramitación y nos indica que acudamos al juzgado para que cambie esa situación. me dice que no me puede ayudar pq hoy la secretaria del juzgado es «guarda saliente» y no esta. fotocopia la hoja del testamento en la que figura esta cláusula, toma nota de lo comentado, el numero identificativo de la tutela 289/2002. facilito mi teléfono y queda en llamarme el lunes/martes.
PREVIOS
00-LISTADO DE DOCUMENTOS EN LA CARPETA QUE TIENE ALBERTO DE LA TUTELA DE JOSE LUIS
La ley 8/2021 modifica:
preámbulo: – …nuestra Constitución en su artículo 10 exige, en el respeto a la dignidad de la persona, en la tutela de sus derechos fundamentales y en el respeto a la libre voluntad de la persona con discapacidad, así como en los principios de necesidad y proporcionalidad de las medidas de apoyo …
… No se trata, pues, de un mero cambio de terminología que relegue los términos tradicionales de «incapacidad» e «incapacitación» por otros más precisos y respetuosos, …
… la curatela será, primordialmente, de naturaleza asistencial. No obstante, en los casos en los que sea preciso, y solo de manera excepcional, podrá atribuirse al curador funciones representativas …
VIII (pagina7)…solicitar a la autoridad judicial la revisión en cualquier momento … La revisión también se podrá producir de oficio.
artículo 1º – página 8 ley de notariado — no la vemos pq no interesa de momento
–artículo 2º – página 9 Código civil
Pagina 21- título XI/capítulo I – artículo 249 – medidas de apoyo ajustándose a los principios de necesidad y proporcionalidad. Quien presta apoyo debe actuar Ateniendo la voluntad, deseos y preferencias
Página 31 – Articulo 287- funciones representativas y + + + cuestiones “medidas de apoyo de naturaleza voluntaria” “guarda de hecho”
Página 22 – articulo 250 – que es cada termino … no pueden ser los del centro asistencial.
Capítulo II – medidas voluntarias de apoyo; articulo 254 y posteriores, todo muy laxo
Capítulo III – guarda de hecho, página 25-26 – artículo 263-267 = verlo en su momento
Capítulo IV – curatela – artículos 268-294 – el máximo
Capítulo V – defensor judicial – artículo 295-298
Página 34/35/36 – título XII – artículos 665m 695 y 753 testamento
Página 36 -41 – artículo 996 -aceptación de herencia – sin problemas – medidas de apoyo – procesos para impugnar herencia, contratos y demás formales
–artículo 3º – páginas 41-42 ley hipotecaria —sin ver ahora, no ocupa
–artículo 4º – páginas 43-50 ley de enjuiciamiento civil —sin ver, no ocupa
–artículo 5º – página 50-52 Ley patrimonio personal discapacitados () – Ver en su momento. Del notario el último párrafo de la página 51
–artículo 6º – página 53 Ley del registro civil
No se puede acceder a esos datos en el registro civil, solo él o quien ejerza las medidas de apoyo o autorizado por estos. Inscripciones de nombramientos; inscripciones de patrimonio; de medidas de apoyo; derecho a promover esas inscripciones. Son datos protegidos con publicidad protegida: la discapacidad y las medidas de apoyo (artículo 84) solo él y su curador pueden acceder a estos datos (artículos 83 y 84)
– artículo 7º – página 55 ley de jurisdicción voluntaria
Página 55 –artículo 7 – las personas con discapacidad tienen derecho a entender y ser entendidos. Proporcionar apoyo — si tenemos que recurrir a la revisión de medidas que hemos pedido hay que mirar este con detenimiento.
Lo mismo con el ámbito de aplicación artículo 44
Siguientes artículos, sigue mencionando, tutor y tutela, tutor y curador
Articulo 62 = competencia; punto 3 = abogado y procurador, expediente superior a 6.000 euros con excepción
Articulo 93 – aceptación de herencia – ver articulo 94 completo
–artículo 8 – página 64 Código de comercio – no nos ocupa.
disposición 1ª y 2ª = nada
disposición transitoria 1ª = queda sin efecto la protección de derechos hasta ahora establecidos.
Disposición transitoria 2ª (página 65) = tutores = curadores representativos
Disposiciones transitorias 3ª y 4ª= para nosotros nada
Disposición transitoria 5ª = Revisión de las medidas ya acordadas. … se pueden solicitar en cualquier momento, para adaptarlas a esta ley, la justicia tiene un año de plazo desde la solicitud.
Disposición transitoria 6ª = tramitación — nada
Disposición derogatoria =deroga todo lo contrario a esta norma
Disposición final 1ª = temas penales
Disposición final 2ª = rollo legislativo, nada
1-Sentancia incapacidad 26 diciembre de 2001 tener en cuenta: el forense=retraso mental moderado
2-Informe clínico del centro san juan de dios 4 de septiembre de 2025. Preingreso/ingreso 1992=discapacidad intelectual leve || actual 2025= discapacidad intelectual leve
3-Auto de solicitud cambio de tutor 16 de junio de 2014. Mercedes cede ser tutora por su avanzada edad y propone a Alberto. El juez consulta a Jose. Nombran a Alberto como tutor.
3A-Diligencia aceptación Tutor mercedes y medias de apoyo 20 febrero 2003. Este documento no lo tuve hasta no revisar la carpeta que tenía Alberto (posterior a estar en el juzgado y quedar en presentar la solicitud de modificación de medidas y ya redactado el documento). En esta diligencia entre las medidas de apoyo tenemos que hace falta autorización judicial para “aceptar sin beneficio de inventario cualquier herencia o para repudiar ésta o las liberalidades”. En función de las nuevas medidas de apoyo que dicte el juzgado, habrá que tenerlo en cuenta y aceptar la herencia a beneficio de inventario. (ver ley 15/2025, ultima pagina articulo 93.2 b)
4-Testamento de mercedes 30 de junio de 2016. Para esta tramitación, una vez pasado por el juzgado y no le dan ninguna importancia, no tiene ninguna validez
5-Valoracion de José 10 de septiembre de 1990. El informe determina que presenta una disminución de su capacidad orgánica y funcional del 63%.
6-Diligencia de 18 de junio de 2025. Aprobación de cuentas presentadas en los ejercicios 2018-2021. Requiere al tutor para que siga presentando las cuentas
7-Diligencia de 17 de junio de 2025.Remoción del tutor. Este documento no lo tuve hasta no revisar documentos originales que tenía Alberto (el día que me firmo el escrito de modificación de medidas)
8- Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (visto lo necesario para la presentación, si hay que hacer recurso, hay que revisar de nuevo)
Artículo 2.3, … la dirección de los expedientes corresponde a los secretarios judiciales
Artículo 3.1… podrán promover expedientes … titulares de derechos o intereses legítimos
Artículo 3.2. … será necesaria la actuación de abogado y procurador para los recursos de revisión y apelación
Artículo 7 Los gastos ocasionados en los expedientes de jurisdicción voluntaria serán a cargo del solicitante
Artículo 7 bis d) La persona con discapacidad podrá estar acompañada de una persona de su elección desde el primer contacto con las autoridades y funcionarios.
Del expediente de provisión de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad
Artículo 42 bis a).
3. Podrá promover este expediente … la propia persona con discapacidad, … o hermanos.
5. El letrado de la Administración de Justicia realizará las adaptaciones y los ajustes necesarios para que la persona con discapacidad comprenda el objeto, la finalidad y los trámites del expediente que le afecta, conforme a lo previsto en el artículo 7 bis de esta Ley.
Artículo 42 bis c). Auto y posterior revisión de las medidas judicialmente acordadas.
2.El Juzgado que dictó las medidas será también competente para conocer de la citada revisión, …
3. En la revisión de las medidas, la autoridad judicial … se entrevistará con la persona con discapacidad … Del resultado de dichas actuaciones se dará traslado a la persona con discapacidad, a quien ejerza las funciones de apoyo… a fin de que puedan alegar lo que consideren pertinente en el plazo de diez días
CAPÍTULO VIII De la autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica
Artículo 62. Competencia, legitimación y postulación.
3. No será preceptiva la intervención de abogado ni procurador siempre que el valor del acto para el que se inste el expediente no supere los 6.000 euros. Cuando lo supere, la solicitud inicial podrá realizarse sin necesidad de ambos profesionales, sin perjuicio de que el Juez pueda ordenar la actuación de todos los interesados por medio de abogado cuando la complejidad de la operación así lo requiera o comparezcan sujetos con intereses enfrentados.
CAPÍTULO III De la aceptación y repudiación de la herencia
Artículo 93. Ámbito de aplicación.
Hace falta autorización judicial …
2.b) Los tutores, los curadores representativos y, en su caso, los defensores judiciales, para aceptar sin beneficio de inventario cualquier herencia o legado o para repudiar los mismos. tener cuidado: Aceptar “sin” beneficio de inventario. Hay que aceptar a beneficio de inventario
Artículo 94. Competencia, legitimación y postulación.
2… Si se tratara de personas con discapacidad provistas de medidas de apoyo representativo para este tipo de actos podrán promoverlo los que ejerzan el apoyo.
4. Para la actuación en estos expedientes no será preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador cuando la cuantía del haber hereditario sea inferior a 6.000 euros.